08/09/2020 LeyPocket

Tengo que despedir a un trabajador. ¿Cómo lo debo hacer para no tener problemas

Para poner término a un contrato de trabajo de algún trabajador, se debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 162 del Código del Trabajo, esto es:

  1. El término del contrato de trabajo deberá realizarse mediante carta la cuál se deberá entregar personalmente al trabajador (debiendo el trabajador firmar una copia) o mediante la remisión por carta certificada (Por lo que se deberá guardar el voucher de envío) dentro del plazo de tres días hábiles a la fecha del despido.
  2. La carta de despido, cualquiera sea la causal, deberá contener detalladamente la causal que se invoca y los hechos que la configuran. Es sumamente importante que los hechos contengan el día, hora, detalle de lo ocurrido, y en su caso, el perjuicio que le produce a la empresa. En estos casos, siempre es importante asesorarse con un abogado.
  3. La carta de despido se debe entregar o enviar, con copia a la Inspección del Trabajo. Actualmente dicho tramite se puede realizar desde la página web de la Dirección del Trabajo https://www.dt.gob.cl/.
  4. Asimismo, es un requisito comunicar el estado de pago de las cotizaciones, las que deben estar pagadas desde el primer día trabajado hasta el último día del mes anterior al despido, adjuntando su respectivo comprobantes. Importante: En caso que no se encuentren pagadas, el trabajador podrá solicitar la nulidad del despido, demandando remuneraciones y demás prestaciones de su contrato de trabajo desde la fecha del despido hasta su convalidación, esto es, hasta que pague las cotizaciones previsionales e informa el pago al trabajador.

Importante: En caso de no cumplir con todos los requisitos anteriormente señalados, o cumplirlos imperfectamente, transforma automáticamente el despido en injustificado, expandiéndose en consecuencia a una demanda laboral que perderá.

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