¿Se puede modificar el régimen patrimonial del matrimonio?

En chile existen tres regímenes patrimoniales en el matrimonio. El primero de ellos es el de sociedad conyugal, el que opera por defecto, si los cónyuges no señalan otro régimen. El segundo es el de separación total de bienes y el tercero el de participación en los gananciales.
Si usted está casado bajo el régimen de sociedad conyugal, puede modificar dicho régimen durante la vigencia del matrimonio por el de separación total de bienes o por el de participación en los gananciales.
También puede cambiarse la separación total de bienes por participación en los gananciales y viceversa. Ahora bien, el régimen de bienes del matrimonio se modifica por el término del matrimonio, por acuerdo de las partes o por sentencia judicial.

En el caso de que ambos cónyuges deseen modificar el régimen, el procedimiento se realiza mediante una escritura pública, estableciéndose el cambio requerido, y, además puede liquidarse la sociedad conyugal.

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