09/09/2020 LeyPocket

¿Qué son? ¿Qué pasa si hago mejoras a la propiedad arrendada?

El arrendador está obligado a mantener la propiedad para el fin que fue arrendada. Por ejemplo: Arriendo de habitaciones, alquiler de apartamento, entre otras. El arrendador debe dar cumplimiento con lo pactado en el contrato, lo que hace suponer realizar las reparaciones pertinentes durante el plazo establecido en el contrato.

Por esa razón, el arrendatario está obligado a:

  1. Conservar la integridad interior de paredes, techos, pavimentos y cañerías, que durante el arrendamiento se quiebren o se desencajen.
  2. Reponer cristales quebrados en ventanas y puertas.
  3. Mantener en buen estado el servicio de puertas, ventanas y cerraduras.

Se entiende, que el arrendatario recibió en buen estado el bien alquilado, a menos que se pruebe lo contrario.

Mejoras indispensables

Las mejoras indispensables son aquellas sin las cuales la cosa se destruye o desaparece, no sirve para el objeto que se destina, por ejemplo, goteras. El arrendatario realizó arreglos sobre la propiedad porque era indispensable para seguir habitándola, el arrendador deberá reembolsar ese gasto. El arrendador podría hacerse cargo de otras mejoras que no sean necesarias siempre que lo haya convenido expresamente con el arrendatario, de lo contrario no tiene la obligación de reembolsarlas.

Mejoras útiles

Las mejoras útiles son aquellas que aumentan el valor del inmueble arrendado, el arrendador les deberá reembolsar siempre que haya consentido efectuarlas y con la expresa condición de pagarlas.

Reparaciones locativas

La ley de arrendamiento, obliga al arrendador hacerse cargo de las reparaciones locativas, sólo si los deterioros provinieron de fuerza mayor o caso fortuito.
Obliga al arrendatario, cuando se hace daños en paredes, rotura de vidrios, o reposición de enchufes, es decir, aquellas reparaciones que son de directa causa por quien ocupa la propiedad.

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