Uno puede someterse a la Ley de Quiebras todas las veces que sea necesario, pero solo una vez cada 5 años. Si decido declararme en quiebra hoy, podré hacerlo nuevamente, y nuevamente, y nuevamente, pero con 5 años de diferencia cada vez.
Estos 5 años comienzan a correr desde que te aprueban tu quiebra, no cuando termina el proceso.