09/09/2020 LeyPocket

¿Cómo es el desahucio en los contratos de arrendamiento a plazo fijo?

Los contratos celebrado a plazo fijo no superior a un año, el arrendador puede manifestar su voluntad de colocar  fin al contrato, antes del tiempo acordado.

¿Cómo puede hacer esto? ¿Se  podrá? La respuesta es sí. Sólo lo puede hacer por vía judicial, mediante una demanda.

El arrendatario tendrá un plazo de dos meses para dejar el inmueble. Cuando se notifique la acción judicial deberá pagar la renta y gastos comunes. Si se declara sin lugar el desahucio o la restitución, el actor no podrá intentar nuevamente tales acciones, sino transcurrido seis meses desde que haya quedado ejecutoriada la sentencia de rechazo, salvo que se funden en hechos acaecidos con posterioridad a la fecha de presentación de la demanda.

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