01/06/2020 leypocket@gmail.com

¿A quién se puede demandar por pensión alimenticia?

  1. Cónyuge, es decir, la mujer o el marido que tiene una situación favorecida económicamente frente al otro cónyuge que está en estado de necesidad. 
  2. Los descendientes, ante situación de necesidad o enfermedad se puede demandar a los hijos para que vayas en ayuda económica de sus padres.
  3. Los ascendientes, es decir los padres, en caso de que los padres no cumplan la obligación alimenticia, ya sea porque no quieran o no pueden, está obligación pasa a los abuelos.
  4. Los hermanos.
  5. A quien se hubiera hecho una donación cuantiosa.