01/06/2020 LeyPocket

¿Qué es un divorcio unilateral?

Es aquella forma de poner término al matrimonio que solicita uno de los cónyuges, y que no requiere acuerdo completo en materias como compensación económica, cuidado personal de hijos, relación directa y regular o alimentos. Requiere que hayan transcurrido al menos 3 años desde que se hayan separado (sin compartir el mismo domicilio), y que no hayan reanudado la vida en común. Además, si existía una pensión de alimentos en favor del cónyuge o de los hijos, requiere que no exista deuda de pensión de alimentos por parte de quien demanda el divorcio.

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