24/03/2020 LeyPocket

Estoy embarazada y me quieren despedir, ¿qué debo hacer?

Ud. Goza de fuero maternal desde el momento en que queda embarazada hasta un año después de expirado el descanso de postnatal, excluido el permiso postnatal parental establecido en el artículo 197 bis. Así, normalmente, salvo situaciones extraordinarias, el fuero se prolongaría hasta cuando el hijo cumpla un año y 84 días de edad.

De esta manera, si su empleador la quiere despedir, se debe iniciar un “juicio de desafuero”, es decir, el empleador debe solicitar  autorización judicial para proceder a su despido, el que se podrá conceder en los casos de vencimiento del plazo, conclusión de la obra  o faena o en alguna de las causales del articulo 160 (ejemplo: incumplimiento grave, falta a la probidad, no concurrencia, abandono de trabajo, etc.).

Si Ud. Es despedida, sin que se iniciara el juicio de desafuero, debe concurrir donde el abogado, a fin de que la represente en tribunales, a través de una demanda en donde se solicita el reintegro a sus funciones o, eventualmente, el pago de las remuneraciones por el tiempo restante del fuero.

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