24/03/2020 LeyPocket

Me despidieron por necesidades de la empresa, ¿puedo reclamar?

Si bien es cierto que la causal de necesidad de la empresa es la forma de despido más favorable para el trabajador, pues la empresa debe enterar indemnizaciones por años de servicio y mes de aviso (salvo que se le dé el aviso con un mínimo de 30 días de anticipación), lo cierto es que es una causal que necesariamente debe corresponder a una necesidad real al interior de la empresa y que incluso haga peligrar la existencia de la misma, según lo han entendido los tribunales superiores de justicia.

Así, muchas veces esta causal es aplicada sin que exista una real necesidad de la empresa, bajo argumentos escuetos como “reestructuración”, “supresión del cargo”, “baja en la productividad”. En estos casos, Ud. Debe acudir donde el abogado, para demandar sus indemnizaciones, el recargo del 30% sobre el monto de sus años por servicio y solicitar se haga devolución del descuento aplicado por la empresa por aportes en el seguro de cesantía. Si Ud. Firma finiquito, lo debe hacer con una expresa reserva de derechos, en donde indique su disconformidad con la causal de despido aplicada y que reclamará  por cualquier descuento o prestación adeudada.

El plazo para demandar es de 60 días hábiles desde la fecha del despido, que se suspenden entre la interposición del reclamo y la celebración del comparendo de conciliación, no obstante no podrá exceder en ningún caso los 90 días hábiles.

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